Auditoría de los estados financieros anuales
El Comité de Auditoría examina los estados financieros anuales y los apéndices que los acompañan junto con la Oficina de Auditoría.
El objetivo es garantizar una imagen realista de la situación financiera del municipio y supervisar el cumplimiento de las normas y procedimientos legales.
De conformidad con el artículo 112, apartado 1, número 1, de la Ley Orgánica Municipal (GemO), la comisión de auditoría y la oficina de auditoría son responsables de auditar las cuentas anuales y los anexos a las mismas.
Las cuentas anuales son la base más importante para el control democrático por parte del consejo municipal y para la decisión sobre la aprobación de la gestión del alcalde, los concejales y los tenientes de alcalde, de conformidad con el artículo 114 de la GemO.
Anteriormente, la prioridad era la revisión jurídica. Desde el cumplimiento de los principios presupuestarios hasta la obligación de equilibrar el presupuesto, pasando por el control de la administración como control jurídico.
Desde la introducción de la contabilidad por partida doble, la gestión presupuestaria y financiera se centra principalmente en obtener una imagen fiel de la situación patrimonial, deudora, rentable y financiera del municipio, respetando los principios de contabilidad generalmente aceptados.
El contenido y el alcance de la auditoría incluyen, entre otras cosas
- el cumplimiento de las disposiciones legales del reglamento municipal,
- el reglamento presupuestario municipal, incluidos los estatutos complementarios y otras disposiciones legales locales, y el Código de Comercio.
Al examinar las cuentas anuales, también se debe prestar atención al cumplimiento de los procedimientos prescritos por las instrucciones de servicio del municipio, como la autoridad de ordenación, el principio de doble control y la tramitación de pagos.
El alcance exacto de la auditoría de las cuentas anuales se deriva del artículo 113, apartados 1 y 2, del Reglamento Municipal.