Los impagos del alquiler pueden deberse a una situación de insolvencia y, en algunos casos, pueden provocar la pérdida de su vivienda.
Si tiene deudas de alquiler, estas pueden ser asumidas bajo determinadas condiciones, siempre que ello sirva para garantizar su vivienda.
Esta ayuda se concede en forma de préstamo o de subvención. A diferencia del préstamo, la subvención no tiene que devolverse.
El requisito es que no pueda hacer frente a los atrasos en el alquiler por sus propios medios. La decisión sobre si recibe la ayuda se toma siempre de forma individualizada. También puede solicitar la ayuda aunque ya le hayan rescindido el contrato de alquiler debido a los atrasos en el pago del alquiler.
La autoridad competente comprobará si se cumplen todos los requisitos para la asunción de sus deudas de alquiler. También puede solicitar asesoramiento sobre cómo saldar los atrasos en el pago del alquiler, por ejemplo, mediante pagos a plazos.
No existe un derecho legal a que se asuman sus deudas de alquiler.
No hay indicaciones ni particularidades.
No hay un plazo determinado. Sin embargo, en principio, debe ponerse en contacto lo antes posible si se producen deudas de alquiler.
Póngase en contacto con la oficina de asistencia social correspondiente.