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Impuesto de alojamiento

En Maguncia, capital del estado federado, se aplicará un impuesto sobre el alojamiento a partir del 1 de julio de 2026. La base jurídica es el Reglamento sobre el impuesto sobre el alojamiento, aprobado por el Ayuntamiento el 3 de mayo de 2026. El reglamento se publicó en el Amtsblatt n.º 24 el 5 de junio de 2026.

Conceptos básicos

La tasa de alojamiento es un impuesto local sobre el consumo que recauda la capital del estado federado, Maguncia, sobre todas las pernoctaciones temporales a título oneroso que no respondan a las necesidades básicas de vivienda.

En este contexto, «temporal» significa que el alojamiento, ya sea efectivo o previsto, no supera los 6 meses. En el caso de estancias más prolongadas, se considera que se trata de una necesidad básica de vivienda. Esta condición también se cumple en el caso de las personas que, independientemente de la duración de la estancia, estén empadronadas en la dirección del establecimiento de alojamiento como vivienda única o como residencia principal o secundaria, de conformidad con la Ley federal de empadronamiento.

Existen otras excepciones, entre otras, para el alojamiento en:

  • hospitales
  • Clínicas de prevención y rehabilitación
  • Residencias de personas mayores y centros de cuidados
  • centros residenciales de asistencia a personas con discapacidad
  • centros de cuidados paliativos
  • Centros de acogida para mujeres
  • centros similares para personas en situaciones sociales especiales

Asimismo, los acompañantes de personas con discapacidad grave que tengan la marca «B» inscrita en el carné de discapacidad están exentos del pago de la tasa.

Además, no se aplicará el impuesto si únicamente se facturan gastos de cancelación o de no presentación. 

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Notas y notas explicativas

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