Solicitar un certificado de residencia permanente para ciudadanos de la UE o del EEE con derecho a libre circulación
Los ciudadanos de la UE y del EEE que hayan adquirido un derecho de residencia permanente pueden solicitar a la Oficina de Extranjería la expedición de un certificado que acredite la existencia de dicho derecho.
¿Qué necesito saber?
Descripción del servicio
Los ciudadanos de la Unión Europea (UE) y del Espacio Económico Europeo (EEE: Noruega, Islandia y Liechtenstein) no necesitan, por regla general, un permiso de residencia para entrar y permanecer en Alemania.
Si es ciudadano de la UE o del EEE y ha residido legalmente en el territorio federal durante un período de cinco años, puede adquirir un permiso de residencia permanente. El permiso de residencia permanente se concede directamente por ley. Puede solicitar a la Oficina de Extranjería que le expida un certificado de permiso de residencia permanente.
En determinadas circunstancias, puede adquirir el derecho de residencia permanente antes de que transcurran los cinco años, por ejemplo, si:
- ha residido de forma permanente en el territorio federal durante al menos tres años, ha ejercido una actividad remunerada en Alemania o en otro Estado miembro de la Unión Europea durante los últimos doce meses y, entretanto, ha abandonado la vida laboral debido a su edad (al haber cumplido 65 años) o a un régimen de jubilación anticipada;
- ha abandonado la profesión que ejercía en Alemania o en otro Estado miembro de la Unión Europea como consecuencia de una incapacidad total para trabajar, provocada por un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, y que le da derecho a una pensión en el territorio federal;
- han abandonado la profesión que ejercían en Alemania o en otro Estado miembro de la Unión Europea como consecuencia de una incapacidad total para trabajar, después de haber residido de forma continuada en Alemania durante al menos dos años, o
- han trabajado de forma continuada durante tres años en Alemania, ahora ejercen una actividad remunerada en otro Estado miembro de la Unión Europea, pero siguen teniendo su residencia en Alemania, a la que regresan al menos una vez a la semana.
El certificado de derecho de residencia permanente lo expide la Oficina de Extranjería, tras comprobar que ha cumplido los requisitos de permanencia en Alemania. Para ello, no es necesario que haya residido ininterrumpidamente en Alemania durante el período requerido. Determinadas ausencias del territorio federal no se tienen en cuenta para la adquisición del derecho de residencia permanente. Así, también se puede considerar que existe residencia permanente si se abandona el territorio federal durante un total de seis meses al año, para cumplir el servicio militar o un servicio sustitutorio, o por una razón importante, una sola vez durante un máximo de doce meses consecutivos (por ejemplo, debido a una enfermedad grave, estudios universitarios o formación profesional). Los períodos de cumplimiento de una pena privativa de libertad que no haya sido suspendida no se tienen en cuenta para la adquisición del derecho de residencia permanente.
Si ha interrumpido su estancia en Alemania durante un periodo prolongado, no es posible sumar los periodos anteriores y posteriores para alcanzar la duración mínima de estancia necesaria para adquirir el derecho de residencia permanente.
Si es necesario, la Oficina de Extranjería también puede comprobar la legalidad de su estancia, es decir, si ha cumplido los requisitos del derecho de libre circulación durante todo el tiempo.
Con la adquisición del derecho de residencia permanente, obtendrá una situación jurídica mejorada («consolidada»), independientemente de su nacionalidad. De este modo, el derecho de residencia permanente es independiente del cumplimiento de los requisitos de libre circulación. Además, aumenta su protección contra la expulsión. Sin embargo, si abandona el territorio federal durante más de dos años consecutivos, esto puede dar lugar a la pérdida del derecho de residencia permanente.
El certificado se expide por tiempo indefinido y confirma que ha adquirido el derecho de residencia permanente. El documento no es un documento de identidad, es decir, no puede utilizar el certificado para acreditar su identidad. Por lo tanto, no lleva fotografía ni existe la obligación de actualizar los datos del documento en caso de cambios (por ejemplo, no es necesario actualizar el certificado si se expide un nuevo pasaporte o documento de identidad o si cambia de domicilio).
Si aún no ha cumplido los 18 años, su representante legal (por ejemplo, la persona con derecho a la tutela) debe dar su consentimiento para la estancia prevista.
Necesidades
- Es ciudadano de la UE o del EEE.
- Puede acreditar los períodos de residencia requeridos en Alemania (por lo general, cinco años; en casos especiales, también son suficientes dos o tres años).
- Reside legalmente en Alemania, es decir, ha cumplido los requisitos del derecho de libre circulación durante toda su estancia.
- Si es necesario, puede presentar los certificados y documentos mencionados en «Documentación necesaria».
Procedimiento
- Dependiendo de la oficina de extranjería, es posible que se pueda presentar la solicitud por Internet. Infórmese si su oficina de extranjería ofrece la posibilidad de presentar la solicitud por vía electrónica. En caso de que la solicitud se presente por vía electrónica, la oficina de extranjería se pondrá en contacto con usted tras recibir su solicitud para solicitarle, en su caso, documentación adicional y concertar una cita con usted en la oficina de extranjería. Durante la cita se comprobarán sus documentos (traiga los originales a la cita si se le solicita).
- Si la solicitud solo puede presentarse en persona, concierte una cita con la oficina de extranjería. Durante la cita se tomarán sus datos y se comprobarán sus documentos (traiga los originales a la cita si se le solicita).
- Una vez completada la comprobación, se le expedirá inmediatamente un certificado de derecho de residencia permanente o una notificación de denegación.
- La recogida debe realizarse siempre en persona. Deberá firmar en la Oficina de Extranjería.
Nota
- Información del Ministerio Federal del Interior, Obras Públicas y Patria sobre la libre circulación:
y
https://www.bmi.bund.de/SharedDocs/faqs/DE/themen/migration/freizuegigkeit/freizuegigkeit-liste.html
- Información de la Oficina Federal de Migración y Refugiados sobre la inmigración procedente de la UE:
https://www.bamf.de/DE/Themen/MigrationAufenthalt/ZuwandererEuropa/zuwanderereuropa-node.html
- Información del Ministerio Federal del Interior, Obras Públicas y Patria sobre el Brexit: https://www.bmi.bund.de/DE/themen/verfassung/europa/brexit/brexitartikel.html
¿Qué más debería saber?
Aviso para los ciudadanos suizos :
Dado que Suiza no pertenece a la UE ni al EEE, se aplica una normativa diferente a los ciudadanos suizos. El derecho de residencia de los ciudadanos suizos se rige por el Acuerdo entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la Confederación Suiza, por otra, sobre la libre circulación de personas.
Aviso para ciudadanos británicos (Brexit) :
El 1 de febrero de 2020 se hizo efectiva la salida del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea. Para los ciudadanos británicos con derecho a la libre circulación y sus familiares, el derecho a la libre circulación siguió aplicándose inicialmente hasta el 31 de diciembre de 2020.
La autoridad de extranjería competente proporciona información sobre las normas que se aplicarán a partir del 1 de enero de 2021 en cada caso concreto.
Base jurídica
- § Sección 2 FreizügG/UE (Se abre en una nueva pestaña)
- § Sección 4a FreizügG/EU (Se abre en una nueva pestaña)
- § Artículo 12 FreizügG/UE (Estados del EEE) (Se abre en una nueva pestaña)
- § § 47 (3) frase 5 AufenthV (tasa) (Se abre en una nueva pestaña)
- Anexo D15 Ordenanza sobre residencia (Se abre en una nueva pestaña)
- § Artículo 5 (5) frase 1 FreizügG/UE (Se abre en una nueva pestaña)
Apelación
Contra una decisión negativa de la Oficina de Extranjería se puede interponer una demanda general para obtener la certificación del derecho de residencia permanente.
Deadlines
- El certificado de derecho de residencia permanente puede solicitarse tras cinco años de residencia legal ininterrumpida. En casos especiales, el derecho de residencia permanente puede certificarse tras solo dos o tres años.
- El certificado de derecho de residencia permanente se expide inmediatamente y tiene una validez ilimitada.
Duración del proceso
La tramitación de su solicitud de expedición de un certificado de derecho de residencia permanente se realizará lo antes posible.
Cuerpo competente
La oficina de extranjería competente para el lugar de residencia del solicitante.
¿Qué tengo que llevar o presentar?
La oficina de extranjería puede exigir la presentación de los siguientes documentos:
- Pasaporte válido o documento sustitutivo del pasaporte reconocido o autorizado de otro modo
- Prueba de que se ha hecho uso del derecho de libre circulación durante los períodos de residencia (por ejemplo, certificado de empadronamiento, contrato de trabajo, licencia comercial o prueba de actividad autónoma, medios de subsistencia suficientes y cobertura de seguro médico suficiente, certificado de matriculación)
- Consentimiento del representante legal para la estancia prevista, si aún no se ha cumplido los 18 años de edad.
En casos concretos, la Oficina de Extranjería puede solicitar otros documentos.
¿Cuánto cuesta y cómo puedo pagar?
Fees
Expedición del certificado: 10,00 EUR
En determinadas circunstancias, se puede considerar una reducción o exención de las tasas.
Formularios, folletos, enlaces
- Procedimiento en línea posible en casos aislados
- Se requiere la forma escrita: sí
- Es necesaria la comparecencia personal: sí
Servicios similares
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