Subsidio de vivienda, solicitar un subsidio continuado
Servicios en línea
Si ya recibe subsidio de vivienda, puede solicitar la continuación del pago bajo determinadas condiciones.
¿Qué necesito saber?
Descripción del servicio
La ayuda para la vivienda tiene como objetivo permitirle disponer de una vivienda adecuada y apta para familias. Puede solicitar que se le siga pagando la ayuda para la vivienda, a más tardar un mes después de que expire el período de concesión, tal y como se indica en su primera solicitud como
- subsidio de alquiler para inquilinos o subinquilinos de viviendas o para residentes de un hogar (residentes de hogares en el sentido de la ley regional correspondiente; esto incluye también a las personas con discapacidad que están acogidas de forma no temporal en formas especiales de vivienda para recibir ayuda para la integración) o como
- subsidio para gastos de vivienda para propietarios de una vivienda o un piso en propiedad
Si los gastos de alojamiento son sufragados por otra entidad de prestaciones sociales, no tendrá derecho a la ayuda para la vivienda. Este es el caso si ya percibe
- recibe el subsidio ciudadano o
- la prestación básica para personas mayores o
- por incapacidad laboral o
- ayuda para la subsistencia o
- otra prestación de transferencia en cuyo cálculo se hayan tenido en cuenta los gastos de alojamiento.
Necesidades
Como solicitante, debe seguir teniendo derecho a la ayuda para la vivienda. Tiene derecho a la ayuda para el alquiler si:
- Inquilinos de una vivienda
- Subinquilinos de una vivienda
- Residentes de una cooperativa o de una residencia
- Residentes de un hogar (residentes de un hogar en el sentido de la ley regional correspondiente; esto incluye también a las personas con discapacidad que están acogidas de forma no temporal en formas especiales de vivienda para recibir ayuda para la integración)
- titulares de derechos de uso similares al alquiler, en particular titulares de un derecho de uso permanente similar al alquiler
- Propietarios de un edificio de viviendas (tres o más apartamentos), de un edificio comercial o de una empresa comercial, si residen en dicho edificio
- Propietarios de una vivienda unifamiliar o bifamiliar en la que residen, pero que también contiene locales comerciales en tal medida que ya no puede considerarse una vivienda propia.
- Titulares de una explotación agrícola a tiempo completo cuya parte residencial no esté separada de la parte comercial.
- Mujeres que viven en casas de acogida, incluso si la tarifa se calcula por días.
- Una persona que haya sido asignada por la autoridad competente en materia de personas sin hogar a un alojamiento para personas sin hogar o a una vivienda de terceros, incluso si la tarifa de uso (que no se calcula, por ejemplo, en función del número de días o según el número de adultos y niños) se paga a la autoridad competente en materia de personas sin hogar.
Tienen derecho a una ayuda para el pago de la vivienda como:
- propietario de una vivienda o un piso en propiedad,
- propietarios de una pequeña urbanización,
- propietarios de una explotación agrícola secundaria,
- propietarios de una explotación agrícola a tiempo completo, si la parte residencial y la parte económica están separadas y se puede calcular la ayuda para la vivienda para la parte residencial,
- titulares de un derecho de residencia permanente similar a la propiedad
- Titulares de derechos de superficie y aquellos que tienen derecho a la transferencia de la propiedad del edificio o de la vivienda, o a la transferencia o concesión del derecho de superficie.
El propietario de la vivienda debe habitarla y sufragar los gastos correspondientes.
Procedimiento
- Lo mejor es que se ponga en contacto previamente con la oficina competente para preguntar qué documentos necesita.
- Presente su solicitud de continuación de la prestación por escrito utilizando el formulario previsto para ello o mediante el servicio en línea. Puede enviar el formulario por correo postal a la oficina de subsidios de vivienda competente o entregarlo personalmente.
- La autoridad competente examinará su solicitud de prórroga y le enviará una notificación.
- En caso de que se apruebe la prórroga, la ayuda para la vivienda se concederá normalmente por un periodo de doce meses y, si los ingresos se mantienen relativamente constantes, podrá prorrogarse hasta 24 meses.
Nota
¿Qué más debería saber?
Existen las siguientes indicaciones:
Con el fin de evitar o detectar el uso indebido de las ayudas a la vivienda, la autoridad competente podrá verificar periódicamente los datos de todos los miembros del hogar mediante una comparación de datos — incluso de forma automatizada — , en particular con la base de datos del seguro de pensiones. Por ejemplo, se podrá comprobar
- si se percibe el subsidio ciudadano (antes subsidio de desempleo II) durante la percepción de la ayuda a la vivienda,
- si existe un empleo sujeto a la obligación de asegurarse o un empleo menor
- o cuál es el importe de los ingresos por capitales para los que se ha concedido una exención fiscal.
También es posible realizar una comparación con la autoridad de registro en cuanto a las direcciones de registro, el estado de la vivienda y la fecha de los cambios de domicilio. Además, existe la posibilidad de consultar las cuentas en la Oficina Federal Central de Impuestos. Los casos sospechosos de fraude se denuncian siempre a la fiscalía. Mediante estas comprobaciones, la autoridad responsable de las ayudas a la vivienda puede determinar, por ejemplo,
- si se perciben varias ayudas para la vivienda,
- si se perciben al mismo tiempo prestaciones de transferencia que dan lugar a la exclusión de la ayuda para la vivienda,
-
si los datos proporcionados en la solicitud de subsidio de vivienda
- sobre los ingresos por actividad laboral,
- los ingresos procedentes de una o varias pensiones,
- los ingresos por rendimientos del capital (intereses o dividendos),
- si, en caso de desempleo inicial, se ha suspendido el pago de la prestación por desempleo (por ejemplo, debido al inicio de una nueva actividad laboral) y
- si la vivienda original para la que se concedió la ayuda para la vivienda sigue utilizándose realmente.
La revisión es admisible hasta el vencimiento de un plazo de diez años tras la notificación de la concesión de la ayuda para la vivienda correspondiente.
Base jurídica
- § Artículo 26 del Libro Primero del Código Social alemán (SGB I) (Se abre en una nueva pestaña)
- § Artículo 1 Ley de ayudas a la vivienda (WoGG) (Se abre en una nueva pestaña)
- § Artículo 25 (1) frase 2 Ley de prestaciones de vivienda (WoGG) (Se abre en una nueva pestaña)
- Ordenanza sobre ayudas a la vivienda (WoGV) (Se abre en una nueva pestaña)
- Reglamento administrativo del subsidio de vivienda (WoGVwV) (Se abre en una nueva pestaña)
Apelación
- Recurso
Encontrará más información sobre cómo presentar una objeción en la notificación sobre su solicitud de subsidio de vivienda.
Deadlines
Por regla general, la ayuda para la vivienda se abona a partir del primer día del mes (una vez finalizado el periodo de concesión anterior), siempre que se haya presentado una solicitud de prórroga ante la oficina de ayudas para la vivienda en el plazo máximo de un mes tras la finalización del periodo de concesión.
Duración del proceso
El tiempo de tramitación depende, entre otras cosas, de que dispongamos de toda la documentación y la información necesarias. Nos esforzamos por tramitar su solicitud lo antes posible. Sin embargo, en muchos casos se producirán retrasos. No obstante, los plazos de tramitación más largos no correrán a su cargo.
Debido al gran número de solicitudes que debemos tramitar, lamentablemente no podemos proporcionar información sobre la recepción o el estado de una solicitud.
¿Qué tengo que llevar o presentar?
Por norma general, deberá presentar los siguientes justificantes de los gastos de vivienda o de la carga económica:
- sobre prestaciones de transferencia (por ejemplo, ayuda para la subsistencia, subsidio social, prestación básica para personas mayores y personas con discapacidad, prestaciones según la Ley de prestaciones para solicitantes de asilo)
- Certificado de ingresos para la solicitud de subsidio de vivienda
- Notificación fiscal como prueba de los gastos profesionales incrementados
- Notificaciones actuales sobre pensiones de cualquier tipo
- sobre prestaciones según el Libro III del Código Social - Fomento del empleo (por ejemplo, subsidio de desempleo I, subsidio por reducción de jornada, subsidio transitorio)
- Justificante de subsidio por enfermedad y otras prestaciones sustitutivas del salario
- Última liquidación tributaria (para autónomos/comerciantes)
Por seguridad, indique todos los ingresos de todos los miembros del hogar en dinero o valor monetario. No tenga en cuenta la fuente de los ingresos ni si estos están sujetos a impuestos o no. De este modo, evitará consultas innecesarias. La oficina de subsidios de vivienda comprobará entonces cuáles de los ingresos son computables. Si es necesario, se deberán adjuntar otros documentos acreditativos:
- Certificado de matriculación (estudiantes)
- Notificación de la BAföG (estudiantes)
- Declaración sobre las aportaciones mensuales de los padres durante los estudios
- Certificado de seguro médico
- Certificado de pensión o seguro de vida
- Anexo a la solicitud de subsidio de vivienda para gastos destinados al cumplimiento de obligaciones legales de manutención
- Tarjeta de discapacidad grave (en su caso, certificado de pagos de subsidio de cuidados)
- Los extranjeros de terceros países deben presentar un certificado de residencia y la duración de la misma.
- Los demás ciudadanos de la UE deben presentar un certificado de derecho de residencia/permiso de residencia de la UE, así como un registro en la oficina de empadronamiento.
Para solicitar la ayuda para el alquiler, también necesitará el siguiente formulario:
- Certificado del arrendador (por lo general, lo proporcionan las autoridades responsables de las ayudas para la vivienda).
Para solicitar la ayuda para gastos, también necesitará los siguientes formularios/documentos acreditativos:
- Formulario para determinar la carga del servicio de la deuda
- Justificante de la carga derivada del servicio de la deuda (certificado de financiación externa, último recibo de pago, en su caso, plan de intereses y amortización)
- Justificante del importe del precio de compra o de los costes de construcción (también en caso de reformas)
- Notificación del impuesto sobre bienes inmuebles/justificante del importe de los cánones enfitéuticos
- En su caso, justificante de los ingresos por el arrendamiento de locales y superficies a terceros
- Cálculo de la superficie habitable según la norma DIN 277 o el Reglamento sobre la superficie habitable (WoFlV, solicitud de licencia de obras)
- En su caso, notificación sobre la ayuda a la construcción para familias con hijos
- Prueba de propiedad, extracto del registro de la propiedad, contrato de compraventa
Formularios, folletos, enlaces
Formulare
- Solicitud de subsidio de vivienda, descargar de la página web del Ministerio de Hacienda (Se abre en una nueva pestaña)
- Certificado de alquiler para presentar en la oficina de prestaciones de vivienda, formularioPDF-Archivo123,82 kB
- Certificado de ingresos para solicitar el subsidio de viviendaPDF-Archivo258,29 kB
Merkblätter
Internetverweise
Servicios similares
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Sachgebiet Wohngeld, Wohnberechtigungen und Fehlbelegungsabgabe, Überwachung öffentlich geförderter Wohnraum
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| Sra. Marita AdebergTramitación de ayudas al alquiler y a la propiedad | Zona: Ka–Ko | +49 6131 12 ext. 3149 | |
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| Sr. Martin BugdolTramitación de ayudas al alquiler y a la propiedad | Zona: Ae–Ah, Bu–Bz, Kp–Kz, St, Z | +49 6131 12 ext. 2445 | |
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| Sra. Dorothea EggersTramitación de ayudas al alquiler y a la propiedad | Zona: D, Anträge Lastenzuschüsse: R–Z | +49 6131 12 ext. 2387 | |
| Sra. Melanie EmrathTramitación de ayudas al alquiler y a la propiedad | Zona: Ha–Hh | +49 6131 12 ext. 4151 | |
| Sra. Cornelia FrickTramitación de ayudas al alquiler y a la propiedad | Zona: Ai–Ak, Hi–Hz | +49 6131 12 ext. 3257 | |
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| Sra. Mara HeerTramitación de ayudas al alquiler y a la propiedad | Zona: Mop–Mz | +49 6131 12 ext. 3712 | |
| Sra. Melanie KussmaulTramitación de ayudas al alquiler y a la propiedad | Zona: J, T, U | +49 6131 12 ext. 4051 | |
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| Sr. Henrik SchrauthTramitación de ayudas al alquiler y a la propiedad | Zona: Aa–Ad, C, L | +49 6131 12 ext. 3203 | |
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| Sr. Christoph WolfTramitación de ayudas al alquiler y a la propiedad | Zona: Al–Az | +49 6131 12 ext. 4385 | |
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