Solicitar autorización de la UE para manipular productos de origen animal
¿Qué necesito saber?
Descripción del servicio
Solo podrá iniciar la actividad sujeta a autorización una vez que se le haya concedido la autorización. El procedimiento está sujeto a solicitud. Mediante una inspección in situ, comprobamos si se cumplen los requisitos legales en materia de alimentos.
Existen algunas excepciones complicadas a la obligación de obtener una autorización (por ejemplo, la producción primaria o el comercio minorista en determinados casos). Por lo tanto, se recomienda consultar a la autoridad administrativa municipal o regional competente.
La decisión de autorización no afecta a otras autorizaciones que puedan ser necesarias, como la licencia de obras, la autorización en materia de protección contra las emisiones, etc. Esto depende de cada caso concreto. Consulte a la autoridad competente.
Las siguientes empresas alimentarias necesitan la autorización de la UE, independientemente de si operan solo a nivel nacional o también a nivel comunitario:
Empresas cárnicas/empresas avícolas
- Todas las empresas con matadero propio
- Empresas que suministran más de un tercio de su producción a otras empresas
Empresas lácteas
- Centros de recogida de leche
- Centros de normalización
- Empresas de tratamiento y transformación de leche
Otras empresas
Otras empresas que manipulan productos de origen animal, como por ejemplo, la comercialización directa.
Número de autorización
Con la autorización, la empresa también recibe el número de autorización necesario para el comercio intracomunitario.
Desde el 1 de enero de 2006, en las empresas alimentarias autorizadas se debe colocar una marca de identidad en los productos de origen animal tratados. La excepción es el marcado de salubridad en las canales. La marca de identidad consta de dos letras que identifican al Estado miembro y al país (por ejemplo, DE), el número de autorización de la empresa correspondiente y la abreviatura de la Comunidad Económica Europea (CE). La marca de identidad es un requisito importante para la trazabilidad de los productos.
Existen las siguientes excepciones a la obligación de autorización:
- La producción primaria, así como la entrega de pequeñas cantidades de productos primarios a clientes finales o empresas minoristas locales, no requieren autorización.
- No necesita autorización si, como empresa productora o cazadora, distribuye pequeñas cantidades de carne, aves y conejos o caza y carne de caza a clientes finales y empresas minoristas locales.
- Las empresas que manipulan, transforman, procesan y almacenan alimentos de origen animal en el lugar de venta o de entrega a los clientes finales (comercio minorista) y que no suministran más de un tercio de sus productos de origen animal a otras empresas minoristas locales no necesitan autorización. Las empresas minoristas también incluyen bares y restaurantes.
En este contexto, las sucursales deben considerarse empresas minoristas independientes. Se recomienda consultar a la autoridad competente. Las carnicerías y restaurantes que sacrifican sus propios animales necesitan en cualquier caso una autorización para el sacrificio. La normativa permite una aplicación flexible, de modo que la autorización no supone un obstáculo insuperable para las empresas afectadas.
Necesidades
Las empresas se autorizan con arreglo al artículo 6, apartado 3, del Reglamento (CE) n.º 852/2004. En el artículo 4, apartados 1 y 2, del Reglamento (CE) n.º 853/2004, en relación con los anexos II y III, se enumeran los requisitos de la legislación de la UE que deben cumplir las distintas empresas en cuanto a la estructura y el equipamiento de las instalaciones. Además, las normas de seguridad y salud en el trabajo no deben ser un obstáculo para la autorización. Los propietarios de las empresas o las personas responsables designadas deben poseer la fiabilidad necesaria para la gestión de la empresa.
Procedimiento
El procedimiento de autorización comienza con la presentación de la documentación ante la autoridad local competente, que realiza una evaluación preliminar y remite la solicitud al Ministerio de Clima, Medio Ambiente, Energía y Movilidad (MKUEM).
Tras la presentación de la solicitud y la evaluación preliminar, la autoridad y el MKUEM realizan una inspección in situ. Durante la misma se comprueba si se cumplen los requisitos pertinentes de la legislación alimentaria en cada caso concreto. A la hora de evaluar los requisitos de autorización de una explotación, la autoridad competente debe consultar a expertos veterinarios. Es posible recurrir a otros expertos no veterinarios. El procedimiento administrativo concluye con la emisión de una notificación de autorización.
Con la autorización, el establecimiento también recibe el número de autorización necesario para el comercio intracomunitario.
Apelación
- Reglamento (CE) n.º 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la higiene de los
productos alimenticios, versión del 29 de abril de 2004, en su versión vigente - Reglamento (CE) n.º 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal
, versión del 26 de julio de 2019 - Reglamento (UE) n.º 2017/625 sobre controles
oficiales, versión del 15 de marzo de 2017, en su versión vigente - Artículo 9 del Reglamento sobre requisitos de higiene en la producción, manipulación y comercialización de determinados alimentos de origen animal (Reglamento sobre higiene de los alimentos de origen animal - Tier-LMHV).
¿Qué tengo que llevar o presentar?
- Resumen de la empresa con anexos
- Descripción detallada Anexo 6 TierLMHV
- Documentación sobre la designación del uso del espacio
- Si procede, plano de la empresa a escala con flujo de materiales y personal, así como disposición de las máquinas (dependiendo del tamaño de la empresa y no en el caso de empresas artesanales)
- Prueba de la fiabilidad de la empresa alimentaria
(certificado de antecedentes penales, extracto del registro central de actividades económicas y declaración propia)
Formularios, folletos, enlaces
- Solicitud de autorización para una empresa alimentaria
- Anexo a la solicitud: información propia
- Anexo a la solicitud: descripción general de la empresa, datos generales
- Hoja adjunta al perfil de la empresa: productos derivados del huevo
- Hoja adjunta al perfil de la empresa: productos pesqueros
- Hoja adjunta al perfil de la empresa: carne
- Hoja adicional al perfil de la empresa: gelatina y colágeno
- Hoja adjunta al perfil de la empresa: cocina industrial
- Anexo al perfil de la empresa - Almacenamiento en frío
- Anexo al perfil de la empresa - Leche
- Anexo adicional para mataderos
- Declaración de la empresa alimentaria sobre la revocación de la autorización
- Confirmación de la transferencia de la responsabilidad en materia de legislación alimentaria a la empresa alimentaria responsable
- Solicitud de modificación/notificación de modificación de la autorización de empresas alimentarias
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