Si desea constituir la propiedad horizontal de un piso, de locales no destinados a uso residencial (por ejemplo, locales comerciales) o de una plaza de aparcamiento, necesitará un certificado de separación de la propiedad. También lo necesitará si desea hacer valer el derecho a habitar de forma permanente un piso concreto del edificio (derecho de residencia permanente).
El certificado de separación demuestra que
- una vivienda está suficientemente separada de otras viviendas o locales desde el punto de vista constructivo, o
- los locales no destinados a uso residencial (propiedad parcial) están separados de otros locales.
También se puede constituir la propiedad horizontal sobre plazas de aparcamiento y sobre partes del terreno situadas fuera del edificio, como por ejemplo terrazas o zonas ajardinadas. La propiedad horizontal debe estar claramente definida mediante indicaciones de medidas en el plano de construcción o en el plano de distribución.
El certificado de separación se expide por la autoridad de urbanismo competente tras examinar su documentación.