El impuesto sobre bienes inmuebles se aplica por propiedad y se basa en el valor del terreno, incluidos los posibles edificios.
Importe del impuesto sobre bienes inmuebles
El impuesto sobre bienes inmuebles se calcula multiplicando el tipo impositivo por la base imponible. El tipo impositivo lo fija el Ayuntamiento; los tipos impositivos actuales también se pueden consultar en el Reglamento Presupuestario (Amtsblatt n.º 36, de 22 de agosto de 2025).
A partir del 1 de enero de 2025, los tipos impositivos serán los siguientes:
350 % para el impuesto sobre bienes inmuebles A
480 % para el impuesto sobre bienes inmuebles B (inmuebles residenciales)
720 % para el impuesto sobre bienes inmuebles B (terrenos no residenciales)
720 % para el impuesto sobre bienes inmuebles B (terrenos sin edificar)
Nota sobre los terrenos sin edificar
Los terrenos sin edificar son aquellos en los que no hay edificios utilizables, según el artículo 246, apartado 1, de la Ley de valoración. Por lo tanto, es irrelevante el uso que se le dé al terreno (aparcamiento, jardín, terreno baldío, etc.).
Nota sobre terrenos residenciales y terrenos no residenciales
Se consideran terrenos residenciales los siguientes tipos de terrenos:
artículo 249, apartado 1, de la Ley de valoración
- Viviendas unifamiliares
- Viviendas bifamiliares
- Solares de viviendas de alquiler
- Propiedad horizontal
Entre los terrenos no residenciales se incluyen los siguientes tipos de terrenos:
Artículo 249, apartado 1, de la Ley de valoración
- Copropiedad
- Solares comerciales
- Inmuebles de uso mixto
- Otros terrenos edificados
La clasificación de los tipos de terrenos de la Ley de valoración en terrenos residenciales y no residenciales se realizó de conformidad con el § 1 (1) de la Ley de tipos impositivos del impuesto sobre bienes inmuebles de Renania-Palatinado (documento 18/11049 de 12 de diciembre de 2024)
Base imponible y tipo de inmueble
La base imponible del impuesto sobre bienes inmuebles, así como el tipo de terreno, son determinados por las oficinas de Hacienda competentes en la liquidación del valor catastral y en la liquidación del impuesto sobre bienes inmuebles, de acuerdo con su declaración de dicho impuesto. Los datos que figuran en la liquidación del impuesto sobre bienes inmuebles tienen para nosotros carácter vinculante, de conformidad con el artículo 182, apartado 1, del Código Fiscal, y deben ser aceptados. Desde 2025, la administración municipal de Maguncia solo recibe registros electrónicos que no incluyen las bases de cálculo, por lo que, lamentablemente, no podemos responder a ninguna pregunta al respecto.
Asimismo, le informamos de que las reclamaciones contra nuestras resoluciones posteriores (resoluciones sobre el impuesto sobre bienes inmuebles) carecen de fundamento si se dirigen contra las determinaciones de la resolución de base (resolución de liquidación del impuesto sobre bienes inmuebles), artículo 351, apartado 2, del Código Tributario.
Pago
- El pago se realiza trimestralmente mediante domiciliación bancaria los días 15 de febrero, 15 de mayo, 15 de agosto y 15 de noviembre.
- El formulario de autorización de domiciliación bancaria, debidamente cumplimentado y firmado, puede enviarse por correo postal o por fax a la Tesorería Municipal.
- A petición del deudor del impuesto, el impuesto sobre bienes inmuebles también puede pagarse el 1 de julio en una sola cuota anual. La solicitud debe presentarse a más tardar el 30 de septiembre del año anterior.
- El impuesto sobre bienes inmuebles es un impuesto anual y quien sea propietario a 1 de enero de un año está obligado a pagarlo para todo el año.
- Si el propietario cambia a lo largo del año, el pago del impuesto puede acordarse mediante un acuerdo de derecho privado.